Un país sin justicia social, un país sin desarrollo humano

La justicia social es un deber del Estado para con la ciudadanía. En el primer numeral de la Constitución se describe a la persona humana como fundamento del Estado y se señala las responsabilidades básicas de este con los ciudadanos. Pese a ello, los políticos y los funcionarios apenas hablan de justicia social. Menos aún la empresa privada.

Es un término constitucional casi olvidado, muy poco desarrollado en las leyes y en las instituciones públicas de El Salvador. En el siglo XIX, cuando se acuñó el concepto, la justicia social se definió como el establecimiento de la igualdad para todos los seres humanos en los derechos básicos que se desprenden de la dignidad de la persona. Tal como se le lee en el documento fundacional de la OIT, “La paz universal y permanente solo puede basarse en la justicia social”.

Al ser la justicia social una obligación constitucional del Estado salvadoreño y un derecho de cada ciudadano, resulta necesario corregir la desigualdad de acceso a los derechos básicos. ¿Todos los salvadoreños tienen el mismo derecho a la salud? Es evidente que no. La existencia de dos sistemas públicos de salud con diferente capacidad de atención y cuido muestra que en este derecho básico hay desigualdad.

Con respecto a las pensiones, la cuestión es aún más grave: tres cuartas partes de la población está excluida de ese servicio. Por otra parte, una alta proporción de los estudiantes no termina el bachillerato y la baja calidad de muchos institutos y colegios priva a un buen grupo de jóvenes de una formación adecuada.

Además, es obligatorio preguntarse si es justo que el Estado pague a algunos de sus funcionarios el equivalente a 20 salarios mínimos. Si el Estado se ciñera a la justicia social que le exige la Constitución, esa exhibición de desigualdad sería imposible.

La creencia de ser superior a otras personas, y por tanto con mayores derechos, está culturalmente muy incrustada en las élites salvadoreñas. Los altos salarios estatales y los variados sobresueldos, aunque legales, son socialmente injustos, violan un principio constitucional.

Igual sucede con una ley de impuestos que permite acaparar mucha riqueza mientras otros ciudadanos, con los mismos derechos, pasan hambre. La indiferencia y desprecio de las élites a la justicia social es, entre otros factores, una de las causas de que con tanta facilidad los políticos violen la Constitución de la República y haya tanto beneplácito ante la adopción de medidas populistas.

En 1931, el papa Pío XI decía que la distribución de la riqueza debía regirse por los principios de la justicia social. El destino universal de los bienes y, por tanto, el acceso a ellos tiene prioridad sobre la propiedad privada. No la excluye, pero la pone al servicio de que todos tengan al menos la posibilidad de satisfacer sus derechos básicos y desarrollar plenamente sus capacidades.

Acaparar y despojar son correlativos. La justicia social habla de otra cosa: satisfacción plena de los derechos. El derecho a la libertad de empresa no puede estar por encima de los derechos de la gente, ni de la dignidad de los pobres, ni del respeto al medio ambiente. Sin justicia social no hay desarrollo equitativo y sostenible.

(Editorial UCA)

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