Una palabra sobre los sacerdotes casados

El tema del celibato ha causado revuelo desde que apareció como obligatorio en la disciplina eclesiástica del rito romano del catolicismo. La fundamentación del celibato alude a distintas interpretaciones: la imitación de Cristo como hombre casto, la dedicación completa a la construcción del Reino, la expresión del amor absoluto a Dios, el compromiso total con la feligresía.

Por: Jesús Arturo Navarro*

A esta perspectiva que busca dar un sentido positivo a la prohibición de la vida compartida con una pareja, se opone la interpretación maniquea que considera el cuerpo y la vida sexual como obstáculo para llegar a Dios. Sin embargo, la práctica histórica señala que la vivencia del celibato presenta múltiples rupturas.

De cualquier modo, todas las interpretaciones positivas sobre el celibato presentan contrapuntos cuando se revisa la historicidad de este. Si bien, desde los inicios del cristianismo existió cierta valoración del celibato, ésta aparecía como recomendación. Es hasta la reforma gregoriana (siglo XI) que se prohíben las relaciones sexuales a los clérigos y el tener concubinas. A la base de esta decisión está la situación de los escándalos sacerdotales y la influencia del monacato en la interpretación del sacerdocio.

La imposición de la exclusión del matrimonio fue violenta; y el hecho de ser un tema de distintos concilios, normativas y declaraciones papales implica que la prohibición del celibato, no se cumplía y que implicaba una ruptura en la comprensión del ser clérigo. Es hasta el Concilio de Trento donde se anatemiza el asunto de la violación del celibato y el matrimonio de los clérigos; pero para ello han pasado casi quinientos años de que se intentara imponer esta disciplina.

Posteriormente, los Códigos de Derecho Canónico (CIC) de 1917 y de 1983 señalan el mantenimiento de la práctica del celibato  entendido como “observar una continencia perfecta y perpetua por el Reino de los cielos” bajo la suposición de que por su medio “los ministros sagrados pueden unirse más fácilmente a Cristo con un corazón entero y dedicarse con mayor libertad al servicio de Dios y de los hombres” (CIC 277 § 1) e incluso señala mantener la distancia con “aquellas personas cuyo trato puede poner en peligro su obligación de guardar la continencia o ser causa de escándalo para los fieles” (CIC 277 § 2). En la práctica la vivencia del celibato sigue siendo un problema que transita entre la normatividad y los convencionalismos, que se encuentran instalados en la cultura formativa en los seminarios, y que se condensa en la frase -conocida y famosa entre los clérigos- “si no pueden ser castos, sean cautos”, que recomienda la discreción y el silencio para evitar el escándalo.

Como puede observarse, la imposición del celibato tiene razón en función de la exaltación del sacerdote frente al laico(1). Con ello se perfila la división de la iglesia instalando de manera radical la separación entre lo sagrado y lo profano. El problema entonces no es el celibato por sí mismo, sino que su supresión implicaría un desplazamiento de la noción de sagrado que está a la base de la estructura jerárquica de la iglesia católica. Este hecho afecta la interpretación de la moral de la corporalidad y de las relaciones de pareja al reconocer que lo era considerado profano o pecaminoso -como puede ser el cuerpo y la sexualidad- pasa al terreno de lo sagrado, con lo que el modelo de sacerdote se modifica. En el extremo de esta interpretación se encuentra el contrapunto: al suprimir el celibato, lo sagrado, el sacerdocio y el ejercicio ministerial se acercan a lo profano y es acotado por él.

Los sacerdotes casados son una piedra en el zapato de la iglesia, pues mantienen su condición de consagrados, al no invalidar la ordenación y sólo dispensar de las obligaciones contraídas con la recepción del sacramento. De tal suerte, que en ocasiones pueden -sin violentar el mismo Derecho Canónico- ejercer eventualmente el ministerio. Hasta hoy el sacerdote que ha sido reincorporado al estado laical, puede bajo ciertas condiciones administrar algunos sacramentos como el bautismo, la unción de los enfermos y celebrar la eucaristía.

Así las cosas, la propuesta de reincorporar a los sacerdotes casados al ministerio ordinario, es apenas una vertiente de los cambios que se vislumbran. El error sería -a mi juicio- la incorporación selectiva de éstos para atender sólo los lugares donde hay problemas de clérigos. El Dr. Masferrer en su artículo Sacerdocio femenino y curas casados. La ambigüedad propositiva, señala en su lectura de las transformaciones eclesiales que está realizando el Papa Francisco, que “debemos prepararnos para ver la caída de muchos paradigmas que imaginábamos eternos e inexpugnables”. Coincido con él, pero añado que es posible cuestionar dos cosas que hoy se discuten en la iglesia católica romana y que tiene como base la exclusión: la ordenación de viri probati y la reincorporación selectiva de sacerdotes casados.

Una modificación del criterio del celibato implica una revisión del concepto de sacralidad en la Iglesia Católica, y al mismo tiempo un reconocimiento del valor del laicado, así como una reinterpretación del sacerdocio común.

*ITESO – México


Referencias
(1) Meyer, Jean. El celibato sacerdotal, Tusquets México 2009 p. 96

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