Hasta la OEA cuestiona elección desigual y bajo régimen de excepción

La Misión de Observación Electoral (MOE) de la Organización de los Estados Americanos (OEA) cuestionó que las elecciones presidenciales y legislativas se hayan realizando en condiciones de desigualdad y bajo el régimen de excepción, que suspende derechos constitucionales y judiciales de los salvadoreños.

En su informe preliminar, la MOE señaló como primer hecho inédito que esta es la primera elección que se celebra bajo un régimen de excepción desde la firma de los Acuerdos de Paz de 1992.

El estado de excepción ha propiciado el encarcelamiento de 75,000 personas bajo la acusación de ser de pandillas o estar ligadas a ellas, pero el gobierno ha tenido que liberar a cerca de 7,000 por no haber pruebas robustas contra ellas después de tenerlas hasta varios meses en la cárcel. De los capturados, 228 han muerto en el encierro, según el Socorro Jurídico Humanitario.

Para la representante de esta organización independiente, Ingrid Escobar, el régimen de excepción generó miedo de salir a votar en dos sentidos: “Si votan en contra de Bukele que van a salir los pandilleros o si votan por otro que no sea Bukele, y que se enteren que votaron diferente los pueden meter presos”, denunció Escobar.

Una campaña desigual

La Misión cuestionó la falta de equidad en torno al financiamiento para los partidos.

Los partidos de oposición denunciaron reiteradamente que el gobierno no les pagó la “deuda política” o ayuda estatal para la campaña, mientras que el oficialismo nadó en recursos y hasta repartió paquetes alimenticios “en nombre del presidente Bukele” para agenciarse simpatías entre los votantes.

La MOE calificó la campaña de atípica e inequitativa.

La Misión recibió las alertas de un rol pasivo del TSE ante las denuncias sobre la fiscalización del uso de recursos públicos y propaganda gubernamental para hacer campaña.

Estimaciones de organizaciones de la sociedad civil registraron que Nuevas Ideas concentró entre los meses de agosto a diciembre de 2023 el 98% del valor de la propaganda emitida por los partidos.

“La MOE/OEA resalta que tanto la disminuida campaña electoral como la alta concentración de la propaganda en una única agrupación política se tradujo en una ausencia de debates robustos sobre ideas y propuestas entre las y los candidatos, lo que no facilitó el ejercicio de un voto ciudadano informado”, lamentó en el informe.

A esto se agregan las reformas al sistema político electoral, a menos de un año de la elección, que resultaron muy convenientes para el oficialismo y en menoscabo de la oposición.

No menos son importantes son las “recurrentes preocupaciones e inconformidades” que la Misión recibió de diversos actores con los que se reunió por la reelección presidencial inmediata, “permitida por una polémica sentencia de la sala de lo constitucional” nombrada por el bukelismo en mayo de 2021.

“Esta decisión está antecedida por la destitución de los magistrados propietarios y suplentes de la Sala de lo Constitucional – y del Fiscal General de la República – el 1 de mayo de 2021 por parte de la Asamblea Legislativa , accionar que fue rechazado por la Secretaría General de la OEA”, destacó la Misión.

Para entonces también, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó la medida por considerar que se habían incumplido las normas constitucionales que regulan el procedimiento y los estándares interamericanos para la remoción de operadores de justicia. “Solo ese grave hecho (la destitución de los magistrados y el fiscal general legítimos) le quita toda legitmidad al proceso electoral”, consideró.

“Los cuatro elementos señalados no contribuyeron a la generación de un escenario ideal de certeza en la contienda”, advirtió.

Según el abogado constitucionalista Jonathan Sisco, Nayib Bukele hizo lo mismo que Alberto Fujimori (Perú), Hugo Chávez (Venezuela), Daniel Ortega (Nicaragua) y Juan Orlando Hernández (Honduras), quienes destituyeron a los jueces constitucionales y eso permitió que se pudieran mantener en el poder violando la Constitución.

Reforma intimidatoria

La Misión reconoce que el debate político-jurídico sobre la reelección en El Salvador no es reciente, como sucedió con la inscripción y posterior cancelación de la candidatura presidencial de Elías Antonio Saca en el 2014. En dichos comicios, el Tribunal Supremo Electoral (TSE) entendió que el periodo de espera para la reelección presidencial no inmediata era de cinco años.

El organismo vio con preocupación que entre la decisión de la Sala Constitucional y la inscripción de la candidatura del presidente Bukele por parte del TSE, el 18 de enero de 2023 la Asamblea Legislativa, controlada por el partido de Bukele, modificó el artículo 295 del Código Penal para agregar, dentro de la figura del fraude electoral, una pena de 10 a 15 años para aquellas personas que dificulten la inscripción de candidaturas a cargos públicos.

La MOE destacó que “el acto de inscripción de la candidatura del presidente Bukele y el vicepresidente Ulloa estuvo antecedido por la aprobación de una disposición legal intimidatoria que atenta contra la independencia judicial de los magistrados electorales y criminaliza su accionar”. “Esta norma, en lo que se refiere a la inscripción de candidaturas, atenta contra estándares interamericanos y universales sobre la independencia de los órganos judiciales y electorales”, señaló la Misión en su informe.

El informe expuso que diversos actores con los que se reunió la Misión manifestaron que el TSE no utilizó las potestades legales y constitucionales a su alcance para realizar un escrutinio riguroso sobre la interpretación hecha por la Sala Constitucional y la consecuente inscripción de Bukele y Ulloa. También, por el proceder del TSE ante los recursos de nulidad presentados contra la inscripción de la candidatura.

La ciudadanía civil y partidos políticos mostraron además inconformidad sobre el hecho de que el TSE manifestó que acataría la decisión de la Sala de lo Constitucional mucho tiempo antes de que tuviera que decidir sobre la inscripción de las candidaturas, evidenció la misión de la OEA.

“La situación vulnera el carácter constitucional de autoridad suprema electoral del TSE ya que, lejos de ser la última palabra en materia electoral, está supeditada en sus decisiones electorales básicas, tales como el registro de candidaturas, a la Sala de lo Constitucional y a lo que dispongan normas penales que limitan su libertad para tomar decisiones”, advirtió.

La Misión recibió expresiones frecuentes de parte de diversos actores políticos y sociales en el sentido de que dicho régimen genera autocensura por posibles represalias de parte del gobierno, “lo que limita una participación política abierta y el ejercicio de la libertad de prensa, así como reservas a aportar contribuciones económicas a partidos de oposición”.

Los partidos de oposición no recibieron fondos para sus campañas, como lo establecen la Constitución, el Código Electoral y la Ley de Partidos Políticos

Cambios sustanciales

Las elecciones estuvieron marcadas por reformas “sustanciales” al sistema político-electoral como la expedición de la Ley Especial para el Ejercicio del Sufragio en el Extranjero, la que no fue consultada con el TSE.

A esta se sumaron reformas a la reducción del número de escaños de la Asamblea Legislativa de 84 a 60, cambios a la fórmula para la asignación de escaños legislativos (del método Hare al D’Hont) y la reducción del número de municipios de 262 a 44.

“Después de que el 15 de marzo de 2023 la Asamblea Legislativa reformara el Código Electoral para permitir hacer modificaciones un año antes de las elecciones a las reglas que rigen el proceso electoral, derogando así la prohibición que antes existía, va en contra de lo establecido por la Comisión de Venecia en su Código de Buenas Prácticas en Materia Electoral”, señaló el informe. (EDH)

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