¿Y dónde está el comandante?

Aunque las licencias otorgadas a Nayib Bukele y a Félix Ulloa, adolecen de contradicciones jurídicas, lo más importante es ¿sobre quién recae la Comandancia General de la Fuerza Armada” y ¿quién firmará las órdenes de ascensos, bajas y traslados dentro de dicha institución, o se mantendrán éstas en suspenso, hasta que retorne todo a la normalidad, en el siguiente período presidencial?

Por: Fernán Camilo Álvarez Consuegra

La Comandancia General de la Fuerza Armada, es cargo exclusivo: recae sobre el Presidente de la República, pero en los considerandos del Decreto de licencia a Nayib Bukele y Félix Ulloa, aparece que siguen siendo, Presidente y Vicepresidente, conservando su investidura, pero inhibidos de sus funciones, entre ellas la del “ejercicio del monopolio de la fuerza del Estado”. Otras atribuciones, serán ejercidas por “la designada a la presidencia”, o sea, transfieren la Comandancia General de la Fuerza Armada, a la designada presidencial, siendo éste, cargo exclusivo de quien ostenta la investidura de Presidente. Un Decreto legislativo no puede anular un mandato constitucional.

Habiendo dudas, de que la Sra., Claudia Juana Rodríguez de Guevara, pueda ejercer el Cargo de Comandante de la Fuerza Armada, consideremos la solicitud de licencia de Félix Ulloa, presentada por Conan Castro, Secretario Técnico de la Presidencia, sin solicitud expresa, o manifestación del consentimiento de Félix Ulloa, tal como se hizo, en el caso de Nayib Bukele, por lo que su licencia, es “inexistente” y, debe de asumir la Comandancia General de la Fuerza Armada, lo que le imposibilita de ser candidato.

El monopolio del uso de la fuerza estatal, es del imperio de la Ley y no, de una persona o entidad, sino del conjunto, en su ejercicio, de instituciones públicas; esto es en nuestro sistema político. Si se trasladase esa función, a la designada a la presidencia, habría un cambio en la estructura de Gobierno y, sería una monarca o dictadora “provisional”, por mandato legislativo.

La Sra., Claudia Juana Rodríguez de Guevara, tampoco puede asumir el cargo de Comandante General de la Fuerza Armada, pues su nombramiento, como designado presidencial, adolece de tres defectos, de fondo y forma: no puede ser propuesta, pues es presidente de la Dirección de Obras Municipales, la cual es una autónoma, según el Portal de Transparencia del Órgano Ejecutivo. Tampoco fue juramentada en su nuevo cargo, de designada presidencial y, por último, asume dos cargos de actuación sucesiva, lo cual no es posible. Hay contradicción sobre su juramentación: uno dice fue privado, sin constancia y, otro, que no sucedió, por no ser necesario.

La Asamblea Legislativa ha realizado un golpe de Estado contra Félix Ulloa, al ser éste, objeto de “licencia”, sin solicitarla; sin considerar, que no hay razón jurídica válida, para dar la licencia conservando el cargo y, su derecho a ejercerlo.

La designada a la presidencia, no puede asumir la Comandancia General de la Fuerza Armada, mientras exista el decreto de licencia, en donde reconoce el estatus de presidente y vicepresidente electos, aunque les hayan cesado en sus funciones, pues dicha figura, implica un estatus que no permite a uno, ejercer y a la otra, asumir el cargo. Luego habría que considerar las inhabilidades.

En caso de ausencia total de quienes pudiesen ejercer la presidencia, ésta recaería en el Presidente de la Asamblea Legislativa, pero en reconocimiento de tal ausencia, lo cual no ha hecho la Asamblea Legislativa, así que su Presidente, no puede asumir dicho cargo.

De estos someros razonamientos, viene la pregunta ¿Dónde está el Comandante? Recordando que cuando hay crisis en la legitimidad del mando militar o, en el ejercicio del mismo, la confianza institucional se pierde y, surge el autoritarismo.

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