Los retos que enfrenta El Salvador en materia de seguridad

La Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho -FESPAD presentó esta semana algunas consideraciones respecto a las principales medidas contenidas en el denominado “Plan control territorial” que ejecuta el Gobierno de El Salvador.

Sobre la operatividad policial y militar, Fespad ve positiva la iniciativa del gobierno dirigida a fortalecer la operatividad y efectividad policial, pieza clave, aunque no suficiente, para prevenir y combatir la delincuencia y criminalidad. Sin embargo espera que el nuevo plan gubernamental no vaya a ser “más de lo mismo”.

Sobre las capturas masivas y “enfrentamientos”. Según datos oficiales, entre el 1 y 29 de junio de 2019, las autoridades policiales reportan 3,285 personas capturadas. De estas, 716 fueron mediante órdenes administrativas, 276 con órdenes judiciales y 2,146 fueron en “flagrancia”. De dichas capturas únicamente 308 corresponden a personas acusadas por el delito de homicidio y 140 por extorsión.

Ante tales datos preocupa la capacidad del saturado sistema judicial para procesar de manera adecuada el creciente número de capturas, la eficiencia de las investigaciones -sobre todo de las capturas en flagrancia- y la posibilidad de un real tratamiento penitenciario acorde al mandato readaptador establecido en el artículo 27 de la Constitución de la República. Por lo anterior, lograr la eficiencia y efectividad en la persecución del delito debe ser una labor constante, pero también articulada e integral de todo el sistema de justicia. La realización de múltiples capturas es un indicador alarmante que puede reflejar la dimensión de la actividad delictiva y, por ende, los niveles de descomposición social cuyo abordaje no depende de manera exclusiva ni preponderante de los cuerpos de seguridad, o bien puede ser manifestación de una política de persecución definida que para ser efectiva debe estar articulada con el resto de componentes del sistema de prevención, investigación y sanción del delito.

Sobre las medidas impulsadas en el sistema penitenciario.

Los esfuerzos gubernamentales en relación al sistema penitenciario deben necesariamente, pasar por el control de los centros penales, pero sobre todo orientarse a cumplir con el fin readaptador de la pena, evitando utilizar dichos centros como herramientas de venganza. En este marco, reconoce el esfuerzo del actual gobierno para fortalecer el corte de telecomunicaciones hacia y desde los centros penales, y esperan dé resultados positivos. Agrega que también es necesario continuar depurando funcionarios vinculados con prácticas corruptas al interior de los centros penales.

El gobierno no puede obviar que los traslados, la restricción de visitas, el régimen de emergencia indefinido y el encierro en las celdas, quedan fuera del esquema constitucional de readaptación y de los parámetros establecidos en la Ley Penitenciaria, y algunas de estas medidas han sido calificadas como prácticas de torturas o tratos inhumanos o degradantes por parte de representantes de organismos internacionales de derechos humanos, quienes de manera reiterada recuerdan al Estado salvadoreño que ante la comisión de un delito, la persona pierde el derecho a la libertad ambulatoria y algunos derechos políticos, pero conserva su calidad de persona y por ende, la exigencia del respeto de sus otros derechos.

La Ley Penitenciaria en su artículo 5 prohíbe “la utilización de torturas y de actos o procedimientos vejatorios en la ejecución de las penas”, situación en la que se podría incurrir si las medidas anunciadas no persiguen fin alguno dentro de la lógica de readaptación o de los que derivan de los supuestos contemplados en la ley. En ese mismo sentido, el artículo 23 señala los casos y circunstancias en que es procedente decretar el “estado de emergencia”, dejándolo sujeto al control judicial, quien tiene facultades de confirmarlo, modificarlo o revocarlo y el artículo 25 regula las “reubicaciones de urgencia” señalando que estas deben comunicarse a los jueces respectivos y evaluarse por el Consejo Criminológico Regional en un plazo de cinco días hábiles.

Respecto al plan de control territorial.

El control territorial del Estado pasa, más allá de la presencia de la policía y el ejército, por la satisfacción de los derechos de las personas y en tal perspectiva, la labor de prevención primaria se vuelve entonces clave. En este sentido, el anuncio de la segunda fase del Plan control territorial, así como la inyección de un mayor presupuesto podría verse como un avance, que merecerá ser considerado como positivo en la medida que se vayan dando los resultados.

FESPAD pide al gobierno tener en todo momento en perspectiva el marco constitucional, legal y el fundamento axiológico de los Acuerdos de Paz. Sortear las dificultades que esto implique es parte del esfuerzo necesario para la construcción de un Estado Democrático, Constitucional y Social de Derecho. Obviar esos parámetros ha tenido grandes costos para la sociedad salvadoreña, entre ellos, más de 70 mil muertes violentas en “tiempos de paz”.

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