FESPAD presenta demanda por inconstitucional en Régimen de Excepción

La Fundación de Estudios para la Aplicación del Derecho (FESPAD) presentó esta semana una demanda de inconstitucionalidad contra el Decreto Legislativo 611: “Ley de Restricción Temporal de Derechos Constitucionales concretos para atender la pandemia del COVID-19”.

El pasado 3 de abril de 2020, a iniciativa de FESPAD, se interpuso una demanda de inconstitucionalidad ante la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, por considerar que el Decreto Legislativo 611 contiene vicios de forma y de fondo.

El decreto 611 le dio vida a la “Ley de Restricción Temporal de Derechos Constitucionales Concretos para atender la pandemia COVID-19”, que fue aprobado el pasado 29 de marzo por los partidos de derecha en la Asamblea Legislativa.

Para FESPAD, la inconstitucionalidad recae en un evidente fraude a la Constitución, puesto que durante la sesión plenaria extraordinaria N° 9 de fecha 29 de marzo de 2020, la Asamblea Legislativa aprobó dicha ley con la concurrencia de 15 diputados suplentes, sin tener un motivo de los establecidos en el art. 131 Ord. 4° de la Constitución, que haya imposibilitado a los diputados propietarios su comparecencia, y con ello habilitar la suplencia en el voto, y no forzar deliberadamente la votación, alcanzando de forma fraudulenta la aprobación de dicha ley y siendo también una evidente transgresión a las atribuciones dadas a los órganos de gobierno.

Según FESPAD, el régimen de excepción que se aprobó por segunda vez, restringe el derecho a la libertad de tránsito, derecho a reunirse pacíficamente y sin armas para cualquier objeto lícito, y el derecho a no cambiarse de domicilio; bajo el argumento de que tal medida permitirá facilitar el control de la epidemia COVID-19, aun cuando se aprobó en los pasados días, un estado de emergencia con atención a la epidemia y siendo esta una de las medidas proporcionales ante tal situación; los demandantes consideraron que no hay motivos que fundamenten acciones arbitrarias, en este caso, del Órgano Legislativo.

“Se han realizado diversas acciones oportunas y necesarias para hacerle frente a la situación compleja provocada por el Covid-19, consideramos que la instauración de un segundo régimen de excepción genera y fomenta la transgresión de los derechos humanos de la población y debería ser una de las últimas medidas a tomar, ya que su naturaleza restrictiva riñe con la necesaria armonía social que en estos momentos nuestro país debería buscar, y el Estado fomentar”, concluye el comunicado de FESPAD.

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