Diputados proponen habilitar voto por rostro para alcaldes

Diputados de la Comisión de Reformas Electorales y Constitucionales de la Asamblea Legislativa, acordaron esta semana elaborar un dictamen favorable para reformar el artículo 185 y 186 del Código Electoral, para incorporar un literal y establecer que en la papeleta de votación se incluya la fotografía de los candidatos que competirán como alcaldes para los 262 municipios del país.

En ese sentido, el presidente de la comisión, diputado René Portillo Cuadra (ARENA) indicó que se trata de un acontecimiento histórico por medio del cual se habilita “un nuevo mecanismo para elección de los alcaldes; primero, porque ellos son los rostros visibles de una planilla de Concejos Municipales Plurales y esto le dará más facilidad al ciudadano que pueda elegir al candidato o miembro del concejo de su preferencia”, decisión que es considerada como un avance en materia legislación electoral en el país.

Por su parte, la diputada Anabel Belloso (FMLN) consideró que es una medida que reconocerá la figura del candidato a alcalde, y a la vez observó el hecho que el “Código Electoral plantea la elección de los concejos municipales como un ente colegiado, responsable de todas las decisiones que se acuerdan de manera conjunta”; a pesar del acuerdo de redacción de dictamen favorable, la parlamentaria adelantó que su grupo parlamentario formulará una consulta entre los responsables del sector municipal.

El diputado Mario Tenorio (GANA) consideró el acuerdo como un paso importante en el historial electoral del país, el cual se suma a la vanguardia que otros países ya implementan.  “Los que hemos participado como observadores internacionales en procesos electorales en otros países ya hemos visualizado está disposición de la fotografía; creemos que se fortalecerá nuestro sistema de votación, así que por nuestra parte no hay ningún inconveniente y aportamos nuestros votos para que se dictamine en la próxima plenaria”.

Según las enmiendas a dictaminar, se agregaría un literal C a la redacción del artículo 185 del Código Electoral, el cual consignaría  que “para la elección de concejos municipales podrán votar marcando la bandera del partido político o coalición contendiente o sobre la fotografía del candidato a alcalde propuesto por los mismos”.

Al segundo artículo a reformar también se le adicionaría un inciso sexto, al artículo 186, de tal manera que establecería que “para las elecciones de concejos municipales deberá contener nombre, apellido y fotografía del candidato a alcalde y bajo de esta la bandera del partido o coalición que representa”.

Se prevé que el dictamen pueda ser sometido a consideración del Pleno para aprobación en la plenaria de este día, de ser avaladas las modificaciones se implementarían para los próximos comicios electorales. Los diputados concuerdan que las reformas serían aprobadas en un tiempo oportuno y que no afectará el desarrollo del Plan General de Elecciones (PLAGEL) y que por el contrario se dispondría de año y medio para su ejecución en términos de implementación.

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