La fruta que toda la clase trabajadora esperaba, por fin cayó del árbol. (Parte II)

El punto acá es que se han presentado 3 proyectos a la Asamblea Legislativa, que tiene implicaciones importantes en el funcionamiento del sistema previsional del país: 1) Ley de Creación del Instituto Salvadoreño de Pensiones-ISP; 2) La Ley Especial para la Emisión de Certificados y Disolución del FOP; y 3) Ley del Sistema de Pensiones.

Por: Róger Hernán Gutiérrez*

Las expectativas se van asentando, y al parecer se dan algunas cuestiones de cambio importantes, pero seguimos con el problema de fondo que es la sostenibilidad y sustentabilidad del sistema previsional; no se quiso pasar a la nacionalización del sistema como era lo esperado, sin embargo el Presidente Bukele falló en ese compromiso pues originalmente existió un proyecto de reformas que si les daba en la nuca a las AFP, desconocemos cuál fue la valoración final, en tanto ante una gestión gubernamental cerrada, siempre se filtran elementos, que luego no se explican lo que pasó con ellos o simplemente fueron dejados de lado, en la discusión compartimentada.

El art.50 de la Cn. sigue interpretándose tal como fue el análisis de la Sala de lo Constitucional de aquel entonces (1996), que dejó sin admisión los diferentes recursos presentados en tanto la ley SAP, obligaba a las personas trabajadoras cotizantes a que se pasaran a una AFP, así como cerrar la voluntad de una persona en razón de la edad a no poder excogitar su mejor opción, mientras no tuviera los requisitos de pensión cumplidos. Además, avalar la permisión de que las instituciones a cargo tengan carácter privado.

También el valor de la cuota de administración, es por el uso de los fondos, similar a un banco, sin embargo, el banco le paga intereses, y con la administradora de fondos es a ésta a quien se le paga una cuota por administración, a diferencia del sector público que no lo tiene. Con ello lo que queda claro es que el sistema privado de cuenta individual, continúa vigente, con alguna mejoría en la supervisión y control de la gestión y ejercicio de las afp, por parte del Instituto Salvadoreño de Pensiones.

El ISP, nace con una nueva ley y se deroga la Ley de Pensiones que dio origen al INPEP (1975), acá una institución sustituye en sus funciones a la otra y le traslada todos sus activos, financieros, infraestructura, técnicos y administrativos entre otros a la nueva Institución, declaraciones del Ministro de Trabajo argumentaron que no se dará una destitución masiva del personal del INPEP, sin embargo, hay que buscar los mecanismos de diálogo y negociación para una transición democrática. INPEP convertido en ISP, seguirá administrando el pago y atención de los servicios previsionales actuales desarrollados por el INPEP.

Esto no es algo novedoso, es un cambio de nombre, la autorización por ministerio de ley de derogar y terminar las funciones realizadas por el INPEP, y la asunción de todo su quehacer por una nueva Institución que se regirá por un Consejo Directivo de seis personas, quien tendrá la rectoría de la previsión social en el país: un presidente y representantes de los ministerios de Hacienda, de Trabajo y Previsión Social, un representante del ISSS y dos representantes uno por el sector laboral y otro por el sector empleador.

Lo importante acá es que no serán estas personas que lo integren comunes y corrientes, sino tendrán un atestado de requisitos de conocimientos comprobados y experiencia en materia de previsión social, actuaría, economía, finanzas y administración.

Esto tampoco es algo novedoso y no tiene como se dice una nueva visión de la seguridad social, centraliza la gestión decisoria, en lo estructural y organizativa del ISP, en dicho Consejo Directivo, para nombrar, remover, contratar, decidir sobre los nuevos certificados de obligación previsional y de transición, que sustituirán a los actuales certificados de inversión previsional, de traspaso y de traspaso complementarios, es decir se centraliza esta función en el ISP, básica y fundamental en razón de superar el problema de origen—la deuda que se adquirió por la sustitución de un sistema de reparto y de primas escalonadas, solidario, público, de derechos definidos, por otro de cuentas individuales y de administración privada y de beneficios indefinidos.
Se incorporan sectores de trabajadores independientes, tales como agrícolas y domésticos, la diáspora; no deja claro que otros tales como los que trabajan a domicilio. Y finalmente la nueva ley del sistema de pensiones que deroga a la ley SAP. Parece que se trata de una ley por otra con otro nombre pero similares contenidos, con algunas diferencias mínimas, seguiremos analizamos el privilegiar lo privado por sobre lo público; en tanto que continúan las AFP, es decir los beneficios son indefinidos, porque dependen del ahorro acumulado, que sabemos que con salarios bajos es difícil un mayor ahorro, la rentabilidad de los fondos de pensión es dudosa por los instrumentos financieros que no son lo suficientemente garantes de una mayor rentabilidad.

*Sindicalista salvadoreño

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