Avances o retrocesos en la atención de hijas(os) de las personas trabajadoras

En el contexto histórico del país en que vivimos, la situación de la niñez y de la adolescencia e incluso de los ya jóvenes ha sido siempre de mucha desatención, falta de apoyo social y despreocupación de padres con las valiosas excepciones del caso, del Estado y de los empresarios que han sido reacios y opositores férreos a cumplir con el art.42 de la Constitución, que en lo literal refiere “un descanso remunerado antes y después del parto y a la conservación del empleo…la obligación de los patronos de instalar y mantener salas cunas y lugares de custodia para los niños de los trabajadores”.

Por: Róger Hernán Gutiérrez*

El marco en que este contenido se establece dentro de la Constitución vigente que data de 1983, explica que hay una necesidad social, nunca financiera del sector patronal de cumplir con los hijos e hijas de las personas trabajadoras en los momentos de la vida que pueden ser más vulnerables, el empresario necesita de la fuerza de trabajo para producir las ganancias que le lleven a un estatus de vida de comodidad, bienestar económico, y demás satisfactores de desarrollo humano. Pero la contraparte es que los padres trabajadores están cumpliendo con jornadas muchas veces largas, agotadoras, de tiempo completo por un salario que en mucho sabemos no cumple a cabalidad con las condiciones materiales de existencia.

El trabajo duro y en mucho explotador que viven las personas trabajadoras, para llevar ingresos al hogar y poder mantener satisfactoriamente a hijos(as); es resultado de un régimen laboral regulado por la ley (Cn. y código laboral) a conveniencia del más fuerte de la relación laboral, cuestión que contradice si realmente el contenido del art.42 está velando por un apoyo sustancial a la niñez, mientras los padres trabajan, casos de ambos padres y en otros madres solteras que hacen más difícil de cumplir la tarea de proteger, educar, de criar con todas las de la ley al menor, y que crezca en sanidad completa en una sociedad bastante corrompida por los intereses mezquinos y todo tipo de violencia.

Los patronos han evadido dicho articulado y nadie se ha atrevido a demandar con excepción de las personas que lo hicieron ante la Sala de lo Constitucional en 2017, argumentando la violación constitucional de la Asamblea Legislativa anterior por omisión; hay vacíos enormes en la comprensión de poner en el contexto adecuado la situación de los menores que se ven desprotegidos mientras sus padres están lejos, cumpliendo a un patrono, en un trabajo que no es suficiente para garantizar al menor lo necesario para su desarrollo humano.

La ANEP, siempre cuando ha sido cuestionada y demandada para que cumpla por el sindicalismo consecuente, lo ha hecho expresándose demagógicamente que si lo dice la Constitución es algo de ley que debe respetarse, pero no obstante decirlo es fácil, pero cumplirlo no lo es tanto, si hacemos la cuenta del tiempo de omisión, los principios jurídicos son de que ante un nuevo texto constitucional se da un año para adecuar toda la legislación secundaria al diferente contexto jurídico. Más, sin embargo, la ANEP no lo ha hecho y las diferentes asambleas legislativas han trabajado en pro del poderoso, omitiendo el cambio en la ley para regular dicho derecho.

Ahora estamos a las puertas de introducir un diferente texto constitucional, no sabemos de los pormenores del proceso y situación actualizada de esto, pero siendo el gobierno de Bukele, con una composición de más de 66 diputados a su favor, no entendemos por qué la reforma constitucional no ha pasado el tamiz legislativo, con 43 votos y esperar en el período de 2024 al 27, su ratificación por una mayoría calificada (56 votos).

Lo importante acá es que todas las vacatio legis y prorrogas al ejercicio de la ley de salas cunas y otros esfuerzos en materia de la LEPINA y ley de lactancia materna, se han dejado atrás con la nueva ley Crecer Juntos. Es esto un avance o un retroceso a la cuestión de cumplimiento o incumplimiento de esta protección para los menores.

En la lógica que prevalece, los empresarios van a salir exentos del cumplimiento constitucional, eso es bueno o es más de lo mismo del pasado, facilidades al que más tiene en detrimento del que menos recursos poseen para cumplir a cabalidad, y en un contexto de violencia de la sociedad salvadoreña. Son una serie de más de 300 artículos aprobados por una legislatura obediente al Presidente, eso es un avance o un retroceso para que el Estado realmente asuma su rol, pero en materia laboral y lo productivo—bienes y servicios—son intereses económicos y no los del menor los que prevalecen.

*Sindicalista salvadoreño

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