Pluralismo municipal en El Salvador: ausencia de debate y contraloría social

(Por: Wilver Gerardo Parada García)


El 8 de marzo de 2013 la Asamblea Legislativa de El Salvador aprobó las reformas al código electoral en sus artículos 220 y 264 para dar paso a la integración de los concejos municipales pluralistas, cabe destacar que el único partido que no votó ésta moción fue GANA, dichas reformas buscan avanzar y profundizar la democracia de nuestro país avalando el artículo 85 de nuestra carta magna sobre la representatividad, lo cual incluye la participación de otras personas y otros partidos políticos en la toma de decisiones, aunque las reformas involucraron modificar el código municipal referente a la mayoría simple que siempre será adjudicada el partido ganador aunque tenga menos del 50% con la finalidad que pueda gobernar, más 50% la distribución será proporcional. Entraron en vigencia dichas reformas para las elecciones del 2015, ya con las del 2018 son dos momentos en que se han aplicado.

Después de 4 años que están en vigencia la integraciones de dichos concejos pluralistas existe una ausencia de debate y contraloría social de parte de los regidores de oposición en los 262 municipios del país y también de la misma sociedad civil (la cual tendría que ser representada por cada regidor indistintamente su color político), hay indicios de muchos alcaldes que tienen juicios por enriquecimiento ilícito que la misma CSJ dentro de sus atribuciones ya envió a juicio, otros están en proceso, otros funcionarios municipales envueltos en delitos como malversación de fondos, lavado de dinero, falsedad ideológica, negociaciones ilícitas, relaciones con el narcotráfico etc. El problema se profundiza aún más cuando la oposición dentro de esos concejos municipales no se pronuncia mucho menos denuncia y demanda, están cayendo en complicidad y se convierten a la vez en encubridores de tales actos, ya las leyes penales establecen los parámetros en las que un funcionario público está cooperando con el delito de otro.

También han dejado mucho que desear sobre la contraloría social, ya que no se rinden cuentas sobre la administración municipal, incumplen el artículo 116 inciso del código municipal sobre realizar cabildos abiertos (Mecanismos de rendición de cuentas), son pocos los municipios que lo hacen, debería existir sanciones por dichos incumplimientos como por ejemplo suspensión en el cargo que ejercen ya que representan dinero público. Esto nos lleva a concluir que en El Salvador los mecanismos para transparentar los fondos municipales no se aplican y por lo tanto el cáncer de la corrupción está creciendo de forma acelerada y lleva al fracaso del desarrollo económico y social de cada municipio.

El FODES es instrumento de financiamiento establecido en la constitución que por medio de una ley secundaria, se establece el porcentaje que se toman de los ingresos del Estado para ese rubro. Este año 2019 la Asamblea Legislativa aprobó elevarlo del 8% al 10% que entrará en vigencia en 2020, de manera apresurada y por la entrada del nuevo gobierno aprobaron dicha reforma con la finalidad de dar oxígeno a las alcaldías y sobrevivir a nuevas condiciones políticas que los partidos políticos tradicionales están sufriendo un descrédito de parte de la población cansada de promesas falsas y acciones ausentes de parte de la misma clase política. Cabe destacar que ya el Ministro de Hacienda manifestó en su momento que el Estado tiene finanzas públicas limitadas y una larga deuda externa que representa más del 70% del PIB. También que las alcaldía tienen exceso de deuda (Incumpliendo la ley sobre endeudamiento municipal), hay municipios en los cuales los alcaldes y los mismos concejales envueltos en malversación de fondos públicos, será que esas alcaldías merecen más FODES para seguirlo despilfarrando.
El papel de la Corte de Cuentas la defino como correctora (solo observa, corrige pero no condena con sentencia ejecutoriada, sino que subsanan las observaciones sobre las auditorias especiales (juicios de cuentas) y hasta allí su papel al margen de la ley, es necesario una reforma amplia a la ley orgánica de la Corte de Cuentas en especial a sus facultades y atribuciones legales para poder derrotar la corrupción y generar un país con transparencia, además que los magistrados que la conformen sean electos por el pueblo no por los partidos políticos que negocian su interés antes de elegir a dichos funcionarios, al ser así difícilmente tendremos respeto al estado de derecho y a la institucionalidad misma.

“Mientras las organizaciones sociales, la sociedad civil y los mismos ciudadanos del pueblo no nos pronunciemos sobre los abusos de poder, no exijamos transparencia, no solicitemos acceso a la información pública mucho menos demandemos mal uso de los recursos públicos por parte de nuestros funcionarios públicos, el cáncer de la corrupción seguirá alimentando y haciendo más fuerte a los políticos de aprovecharse del pueblo.”

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